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CONSTITUCIÓN DE UNA JUNTA GESTORA PARA EL MONTE "PINAR" DE HERRERA DE SORIA |
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La Junta Gestora del Monte Pinar de Herrera de Soria, es la primera Junta Gestora de montes particulares legalmente constituida. El acto formal de constitución tuvo lugar el 5 de junio de 2007 en la localidad de Herrera de Soria. Dicho acto fue presidido por D. Mariano Torre Antón, Director General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, y en el mismo participaron representantes del Ministerio de Medio Ambiente y de la Diputación provincial de Soria, que con su presencia respaldaron la importancia del acontecimiento. Al acto asistió numeroso público, entre el que abundaron representantes de colectivos de propietarios de toda la provincia de Soria interesados en la constitución de una Junta Gestora para sus montes. |
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El origen de la propiedad de este monte data de 1905, año en el que 44 vecinos del municipio de Herrera de Soria adquirieron por título de compraventa al Estado en subasta desamortizadora la propiedad de las 1.364 ha del “Monte Pinar”, radicado en dicho término municipal. Por ahora se encuentran identificados y localizados más de 400 de los actuales propietarios, que en su conjunto representan aproximadamente las tres cuartas partes de la propiedad. |
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CONSTITUCIÓN DE UNA JUNTA GESTORA PARA EL MONTE CAMBRONES Y CARRASCALEJO DE YANGUAS |
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El pasado 12 de agosto de 2008, tuvo lugar en el Ayuntamiento de Yanguas el acto formal de constitución de la Junta Gestora del Monte Cambrones y Carrascalejo, con la que se dotó a este monte de un órgano de gestión con capacidad suficiente para su administración.
El Monte Cambrones y Carrascalejo, con una superficie de 315 hectáreas pobladas de encina, fue adquirido por cinco vecinos de la localidad de Yanguas mediante compraventa al Estado en subasta desamortizadora el 1 de agosto de 1869. La subasta, calificada como de mayor cuantía, tuvo lugar en Ágreda, Soria y Madrid, adjudicándose finalmente por importe de 5.100 Escudos a Don Avelino Valdecantos, quien cede el remate a los cinco compradores iniciales, que con posterioridad, en 1870, realizan una cesión, pasando la titularidad del monte a 39 copropietarios.

En 1881, los entonces propietarios del monte, establecieron una serie de normas para su aprovechamiento y se dotaron de un órgano de administración, que de hecho ha venido rigiendo hasta fechas relativamente recientes, pero que al carecer de amparo legal, carecía de la capacidad necesaria para desarrollar una gestión adecuada.
Tras las sucesiones y transmisiones acaecidas durante estos 140 años, en la actualidad el monte pertenece en pro indiviso a un colectivo de 147 personas, en su mayoría descendientes de los primitivos titulares. Esta es la principal dificultad a la que se han venido enfrentado hasta ahora los propietarios del monte, ya que el elevado volumen de copropietarios y su dispersión geográfica dificultaba la toma de decisiones y acuerdos válidos sobre la gestión, imposibilitando en muchos casos la realización de actuaciones urgentes y necesarias.

La constitución de una Junta Gestora, al amparo de la Ley 43/2003, de Montes, permite dotar al monte Cambrones de un órgano de gestión que asume todas las competencias, con capacidad para autorizar los actos de administración ordinaria y extraordinaria, gestión y disfrute del monte y de todos sus productos, capacitado para la enajenación de todos los aprovechamientos y facultado para acometer todos la actuaciones inherentes a la propiedad, salvaguardando siempre los derechos de todos los copropietarios. |
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CONSTITUCIÓN DE UNA JUNTA GESTORA PARA EL MONTE "CALARES" DE VILLABUNEA |
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El pasado 21 de agosto de 2008, tuvo lugar en el antiguo Ayuntamiento de Villabuena (Golmayo) el acto formal de constitución de la Junta Gestora del Monte Calares, con la que se dotó a este monte de un órgano de gestión con capacidad suficiente para su administración. |
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El Monte Calares, con una superficie de 176 hectáreas de pasto de buena calidad para el ganado lanar y con algún pie disperso de encina y sabina, fue adquirido por tres vecinos de la localidad de Villabuena mediante compraventa al Estado, tras subasta desamortizadora, el 15 de febrero de 1891. La cuantía del remate ascendió a 500 pesetas que debían abonarse en metálico y en 10 plazos. Los tres adquirientes iniciales formalizaron una cesión a favor de otros 32 vecinos del pueblo, de forma que la finca quedó finalmente en manos de 35 copropietarios.
En aquellas fechas, los entonces propietarios del monte, establecieron una serie de normas para su aprovechamiento y se dotaron de un órgano de administración, que de hecho ha venido rigiendo hasta fechas relativamente recientes, pero que al no disponer de amparo legal, carecía de la capacidad necesaria para desarrollar una gestión adecuada.
Tras las sucesiones y transmisiones acaecidas durante estos 120 años, en la actualidad el monte pertenece en pro indiviso a un colectivo de unas 400 personas, en su mayoría descendientes de los primitivos titulares, que ahora se encuentran repartidos por toda la geografía española, existiendo, incluso, algunos cotitulares en Argentina, Suiza y otros países. Esta es la principal dificultad a la que se han venido enfrentado hasta ahora los propietarios del monte, ya que el elevado volumen de copropietarios y su dispersión geográfica dificultaba la toma de decisiones y acuerdos válidos sobre la gestión, imposibilitando en muchos casos la realización de actuaciones urgentes y necesarias.
La constitución de una Junta Gestora, al amparo de la Ley 43/2003, de Montes, permite dotar al monte Calares de un órgano de gestión que asume todas las competencias, con capacidad para autorizar los actos de administración ordinaria y extraordinaria, gestión y disfrute del monte y de todos sus productos, capacitado para la enajenación de todos los aprovechamientos (forestales, energéticos y mineros) y facultado para acometer todos la actuaciones inherentes a la propiedad, salvaguardando siempre los derechos de todos los copropietarios. |
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CONSTITUCIÓN DE UNA JUNTA GESTORA PARA EL MONTE BALDÍOS DE VALDEMALUQUE |
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El 2 de marzo de 1878, veintitrés labradores de Valdemaluque adquirieron, por compra, 4 fincas de monte situadas en ese término municipal y popularmente conocidas como “Baldíos”. Las fincas habían sido adquiridas unos años antes por su antiguo dueño en las típicas subastas desamortizadoras de la época. El montante de lo adquirido rondaba las 1.000 ha.
Es de imaginar que hacer frente a los pagos comprometidos no fue fácil para los compradores, en una época de crisis general, e inmersos, como se encontraban, en una empobrecida sociedad rural. Su esfuerzo se explica, en el fondo, por un instinto de supervivencia, ya que la compra entonces realizada rescataba de manos ajenas unos terrenos que desde siempre habían sido utilizados por los vecinos del pueblo como pastaderos de ganados y como fuente de leñas y maderas. El alimento (carne, leche y miel), el abrigo (lanas, pieles y cueros), la fuente energética principal (leña y carbón) y el acceso a materias primas básicas para la edificación (madera y piedra) o construcción de aperos de labranza, se encontraban en juego. |
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Las vicisitudes y problemas por las que han pasado estos predios en tan largo periodo de tiempo (130 años) han sido diversos, causados la mayor parte de las veces por las características especiales de la propiedad: régimen colectivo de proindiviso. No hay que olvidar que las fincas en cuestión se compraron por 23 personas con nombre y apellidos.
Esos montes, en la actualidad, pertenecen a los herederos de aquellos compradores, u a otras personas que por otros motivos (acuerdos, donaciones, compraventas posteriores, etc.) se hayan integrado en el grupo propietario. Su identificación no es sencilla pues en muchos casos se encuentran dispersos por toda la geografía nacional, e incluso internacional, con los consiguientes problemas que esto genera, tanto para la gestión (algunas decisiones requieren unanimidad de los propietarios) como para los repartos de los hipotéticos beneficios (desconocimiento de los beneficiarios). En el caso de Valdemaluque se han identificado ya a 103 cotitulares, alguno de ellos domiciliado en otras provincias españolas (Navarra, Zaragoza, Madrid o Barcelona), y se estima que el número final se acercará a los 400.
Con la colaboración de la Asociación Forestal de Soria, una veintena de propietarios del monte “Baldios” de Valdemaluque, presentó el pasado día 31 de marzo ante la Junta de Castilla y León, solicitud de convocatoria de copropietarios del monte en cuestión, primer paso que la Ley de Montes exige a la hora de constituir una Junta Gestora. |
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CONSTITUCION DE LA JUNTA GESTORA DE LOS MONTES “LA PEDRIZA” DE BAYUBAS DE ABAJO Y “LA ROZA” DE AGUILERA. |
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Recientemente se ha solicitado a la Junta de Castilla y León la Constitución de sendas Juntas Gestoras para los montes. “La Pedriza” de Bayubas de Abajo y “La Roza” de Aguilera.
Estos montes fueron adquiridos en pública subasta en 1866 por don Jacinto Molina Burgo y don Pedro Frías Buillos, formalizándose la escritura de compra al Estado el 23 de marzo de 1867. Hoy, 140 años después estos montes pertenecen a un colectivo de unas 300 personas, lo que unido a su dispersión geográfica y el desconocimiento, en algunos casos, de su cualidad de propietarios, dificultaba la toma de decisiones y acuerdos válidos sobre la gestión, imposibilitando en muchos casos la realización de actuaciones urgentes y necesarias.
Se espera que su constitución, una vez solventados los tramites administrativos necesarios sea una realidad en el verano de 2009, o incluso antes.
La constitución de una Junta Gestora, al amparo de la Ley 43/2003, de Montes, permite dotar a los montes. “La Pedriza” y “La Roza” de órganos de gestión que asumen todas las competencias, con capacidad para autorizar los actos de administración ordinaria y extraordinaria, gestión y disfrute del monte y de todos sus productos, capacitado para la enajenación de todos los aprovechamientos y facultado para acometer todos la actuaciones inherentes a la propiedad, salvaguardando siempre los derechos de todos los copropietarios |
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